Mediante resolución No. NAC-DGERCGC22-00000030, el SRI actualizó la tabla de conversión para la devolución del Impuesto Redimible a las botellas plásticas no retornables, para los meses de julio a diciembre de 2022.
Para el efecto, se tomaron en cuenta los siguientes aspectos:
- La Ley de Fomento Ambiental y Optimización de los Ingresos del Estado creó el Impuesto Redimible a las botellas plásticas no retornables, estableciendo que por cada botella plástica gravada con este impuesto se aplicará la tarifa de hasta USD 0,02, valor que será devuelto quien recolecte, entregue y retorne las botellas.
- Es así que, el Reglamento para la aplicación del Régimen Tributario Interno, en lo referente al valor a devolver a los importadores, recicladores y centros de acopio, estableció la formula en el caso de que no se pueda contabilizar el número exacto de botellas recolectadas. De esta manera dispone que el monto en dólares por Kilogramo para cada botella la fijará semestralmente el SRI, por lo tanto, para el segundo semestre del 2022 se deberá observar la siguiente tabla:
PERÍODO | TARIFA EN USD POR KILOGRAMO | NÚMERO DE BOTELLAS PLÁSTICAS PET |
Julio a diciembre del 2022 | USD 0,30 por Kg de botellas plásticas PET | 15 botellas plásticas PET por Kg |
Fuente: Resolución No. NAC-DGERCGC22-00000030 emitida por el Servicio de Rentas Internas el 29 de junio de 2022.