Mediante Resolución No. NAC-DGERCGC22-00000057, aplicable a partir del 01 de enero de 2023, el SRI actualizó la tabla de conversión para la devolución del Impuesto Redimible a las Botellas Plásticas no retornables, para los meses de enero a junio de 2023.
Para el efecto, se tomaron en cuenta los siguientes aspectos:
- La Ley de Fomento Ambiental y Optimización de los Ingresos del Estado creó el Impuesto Redimible a las Botellas Plásticas no retornables, estableciendo que por cada botella plástica gravada con este impuesto se aplicará la tarifa de hasta USD 0,02, valor que será devuelto a quien recolecte, entregue y retorne las botellas.
- El Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno, en lo referente al valor a devolver a los importadores, recicladores y centros de acopio, estableció la fórmula en el caso de que no se pueda contabilizar el número exacto de botellas recolectadas. De esta manera dispone que, el monto en dólares por kilogramo para cada botella será fijado semestralmente por el SRI; por lo tanto, para el primer semestre del 2023 se deberá observar la siguiente tabla:
PERÍODO | TARIFA EN USD POR KILOGRAMO | NÚMERO DE BOTELLAS PLÁSTICAS PET |
Enero a junio del 2023 | USD 0,46 por kg de botellas plásticas PET | 23 botellas plásticas PET por kg |
Fuente: Resolución No. NAC-DGERCGC22-00000057 emitida por el Servicio de Rentas Internas el 22 de diciembre de 2022.