SE ESTABLECE EL CUPO ANUAL DE EXENCIÓN DEL ICE PARA EL AÑO 2023 PARA BEBIDAS ALCOHÓLICAS INCLUIDA LA CERVEZA.

Mediante Resolución No. NAC-DGERCGC22-00000060, el SRI ha establecido el cupo anual de exención del ICE, aplicable para el período fiscal 2023, para bebidas alcohólicas, incluida la cerveza. Este considerará la participación de las compras de ingredientes nacionales respecto de las compras totales para la elaboración de bebidas alcohólicas, incluidas importaciones, de forma progresiva hasta un máximo del 5% conforme el siguiente cuadro:

Relación entre la participación de compras de ingredientes nacionales, respecto del total de las compras (inclusive importaciones), para la elaboración local de bebidas alcohólicasExención en ICE calculado sin beneficio alguno
DesdeHasta%
069,99%0%
70,00%75%0,5%
75,01%80%1,0%
80,01%85%1,5%
85,01%90%2,0%
90,01%95%3,0%
95,01%99%4,0%
99,01%100%5,0%

El cupo anual será aplicable únicamente para nuevas marcas de bebidas alcohólicas, incluida la cerveza, que se establezcan en el mercado y será aplicable a partir del 01 de enero de 2023.

Fuente: Resolución Nro. NAC-DGERCGC22-00000060 emitida por el Servicio de Rentas Internas el 27 de diciembre de 2022.