Mediante Resolución No. NAC-DGERCGC21-00000039, el SRI estableció que los sujetos pasivos del IVA, calificados como agentes de retención del 100% del IVA a través de la Resolución No. NAC-DGERCGC21-00000037 (entidades y organismos del sector público del gobierno central y descentralizado, sus órganos desconcentrados y sus empresas públicas, y universidades y escuelas politécnicas del país), y que se encuentren calificados como contribuyentes especiales, cuya fecha de vencimiento para la presentación de declaraciones del IVA no corresponda al 20 de cada mes, podrán presentar la declaración y pago del IVA del mes de agosto de 2021, hasta el 20 de septiembre de 2021, sin que se generen intereses ni multas.
Fuente: Resolución No. NAC-DGERCGC21-00000039 emitida por el Servicio de Rentas Internas el 7 de septiembre de 2021.