OBLIGACIÓN DE LAS SOCIEDADES ESPECIALIZADAS DE DEPÓSITOS Y PAGOS ELECTRÓNICOS SEDPES DE REPORTAR EL ANEXO ROTEF

Mediante Resolución No. NAC-DGERCGC24-00000042 de 19 de diciembre de 2024, el SRI estableció la obligación de las sociedades especializadas de depósitos y pagos electrónicos (SEDPES) de reportar el Anexo ROTEF y reformó la Resolución NAC-DGERCGC12-00101 (Anexo ROTEF), conforme a:

  • Se incorpora a las Sociedades Especializadas de Depósitos y Pagos Electrónicos SEDPES como sujetos obligados a la presentación del Anexo ROTEF.
  • Respecto a la información a reportar en dicho Anexo, se establece que en la información de cuentas de ahorros, corrientes y básicas y otros, se detallará las transacciones iguales o superiores a los USD 5.000, y si es que dentro del mismo mes se realizan transferencias iguales o superiores a USD 5.000,00 hacia un mismo beneficiario o desde un mismo ordenante, se reportaran individualmente.
  • Respecto al módulo de inversiones, se deberá reportar a nivel de detalle la información de las operaciones y/o transacciones económicas, por cliente, cuando el total de las inversiones en estado activo, sea mayor o igual a USD 5.000.
  • Se establecen las siguientes disposiciones transitorias:
  • Si está pendiente la presentación del Anexo ROTEF o se requiera modificar los ya presentados, se hará conforme el Anexo vigente a la fecha de su presentación.
  • Los sujetos obligados deberán implementar los cambios tecnológicos necesarios para la presentación del Anexo ROTEF, para adaptarlos a las nuevas especificaciones, a partir de la información correspondiente a enero de 2025. 
  • El vencimiento de la presentación del Anexo ROTEF para el 2025 y 2026, será:  
PeriodoFecha máxima de entrega
(Conforme el 9no dígito del RUC)
Enero a marzo de 2025Enero de 2026
Abril a junio de 2025Febrero de 2026
Julio a septiembre de 2025Marzo de 2026
Octubre a diciembre 2025Abril de 2026
Enero a marzo de 2026Mayo de 2026
  • A partir de abril 2026, el anexo ROTEF se presentará en el mes posterior al siguiente al que corresponda la información.

Fuente: Resolución No. NAC-DGERCGC24-00000042, de 19 de diciembre de 2024.