Aprobada por la Asamblea Nacional el 15 de mayo de 2020 y enviada a la Presidencia de la República para su veto correspondiente.
MEDIDAS SOLIDARIAS PARA EL BIENESTAR SOCIAL Y LA REACTIVACIÓN PRODUCTIVA
Pensiones educativas
- Las instituciones educativas no podrán suspender la asistencia de los alumnos por retraso en los pagos de pensiones y facilitarán en los próximos 30 días el acceso a la educación en modalidad virtual.
- Las instituciones de educación superior particulares ampliarán el porcentaje de becas a sus estudiantes matriculados en un 10% adicional.
- El ente regulador de la educación superior tendrá un plazo máximo de 90 días para emitir la autorización para la generación de nueva oferta académica en modalidad virtual.
Suspensión temporal de desahucio en materia de inquilinato
- No se podrá ejecutar desahucios a arrendatarios de viviendas, por el tiempo que dure el confinamiento y hasta 60 días después de su conclusión. Excepción: Destrucción, ruina o uso para actividades ilegales del inmueble.
- El arrendatario deberá cancelar al menos el 20% de los cánones pendientes para acogerse a esta suspensión temporal y en el caso de locales comerciales adicionalmente se deberá demostrar una afectación de al menos 30% de sus ingresos con relación al mes de febrero.
- En los casos que el arrendador pertenezca a un grupo de atención prioritaria y el canon de arriendo sea su medio de subsistencia, no aplicará esta suspensión salvo que el arrendatario pertenezca a un grupo de atención prioritaria también.
No incremento de costos en servicios básicos
- Se prohíbe el incremento de tarifas o tasas de servicios básicos, incluyendo los de telecomunicaciones, prestados por instituciones públicas o privadas durante un año desde la vigencia de esta Ley; sin derecho a ningún tipo de indemnización o pago a concesionarios de servicios públicos en ningún caso.
Rebaja en costo del servicio eléctrico
- Se dispone la rebaja del 10% en el valor total del servicio de electricidad en los consumos de los meses de marzo, abril, mayo y junio de 2020, para los usuarios ubicados en los primeros dos quintiles de nivel de ingresos.
- Se dispondrán los procedimientos para que los cargos de potencia de industrias y comercios que no han laborado y registran disminución en su consumo, sean revisados de forma proporcional a la disminución del consumo.
Prohibición de terminación de pólizas de salud ni suspensión de su cobertura por mora
- Durante el estado de excepción, las compañías aseguradoras privadas no podrán cancelar, dar por terminadas o suspender la cobertura de pólizas de seguros de salud, ni contratos de medicina prepagada si es que los usuarios presentaren atrasos en los pagos de hasta 3 meses consecutivos.
- Los montos no pagados se prorratearán para la vigencia del contrato, sin generar intereses de mora.
Extensión de cobertura del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.-
- El IESS extenderá la cobertura en prestaciones de salud por 60 días adicionales a los afiliados que hayan quedado cesantes o en mora por la pérdida de ingresos a partir y durante la vigencia del estado de excepción.
Facilidades de pago a la seguridad social
- Las personas naturales que ejercen una actividad económica, las micro y pequeñas empresas y aquellas otras empresas y cooperativas de bienes y servicios que se mantuvieron cerradas durante el estado de excepción, que no hayan realizado el pago de sus obligaciones con el IESS de los meses de marzo a junio del año 2020, podrán realizarlas sin la generación de interés, multas y recargos; así como tampoco se generará responsabilidad patronal.
- Aquellos afiliados al régimen especial del seguro voluntario que no hayan cumplido con sus aportaciones en dichos meses, podrán solicitar facilidades de pago sin intereses, multas ni recargos.
Créditos productivos para la reactivación económica y protección del empleo en el sector privado
- Las entidades del sistema financiero nacional ofrecerán líneas de crédito de rápido desembolso con condiciones especiales.
- Las entidades del sistema financiero nacional que otorgaren créditos superiores a USD 25.000 a las MIPYMES, entre abril y diciembre de 2020, por un plazo mínimo de 48 meses, podrán deducirse del impuesto a la renta el 50% del valor de los intereses recibidos éstos.
- Asimismo, en los créditos concedidos a empresas superiores a USD 10.000 y a 1 año plazo que se modifiquen a un plazo de 2 años o más, las entidades financieras podrán deducirse del impuesto a la renta el 50% del valor de los intereses recibidos éstos.
- La banca pública y las entidades del sistema financiero crearán líneas de crédito específicas destinadas a cobertura de pagos de nómina y capital de trabajo por montos equivalentes a 3 meses de operación; y, priorizarán los otorgados a los sectores productivo y educativo.
Tasas de interés para la reactivación
En los 10 siguientes a la vigencia de esta ley, la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera (JPRMF), a efectos de viabilizar el proceso que permita la revisión de las tasas de interés para todos los segmentos de crédito, durante los años 2020 y 2021, emitirá una resolución técnica sobre liquidez, solvencia y estrés del sistema financiero.
Reprogramación de pago de cuotas por obligaciones con entidades del sistema financiero nacional y no financiero
- Las entidades del sistema financiero nacional, incluidas las entidades emisoras de tarjetas de crédito y las que no forman parte del sistema financiero pero que tienen como giro de negocio operaciones de crédito, reprogramarán con sus clientes el cobro de las cuotas mensuales por medio de diferimiento y reprogramación de las mismas, sin que esto genere interés de mora sobre el capital diferido, de conformidad con la resolución que emita la JPRMF.
- Esta reprogramación se hará por iniciativa de la entidad financiera o por los clientes en forma personal.
Reprogramación de pago de cuotas de seguros
- Las empresas de seguros generales y de vida reprogramarán el cobro de las cuotas mensuales de seguro, sin que esto implique la pérdida o suspensión de coberturas y beneficios en favor de los asegurados.
- Así también respecto de las cuotas de pólizas de fiel cumplimento de contrato y buen uso de anticipo, dentro del sistema de contratación pública.
- Dichos valores serán pagados en cuotas prorrateadas hasta por 6 meses después de terminado el mismo.
Suspensión de la matriculación y revisión vehicular
Se suspende el cobro de multa e intereses en todos los procesos de matriculación vehicular y revisión técnica durante el estado de excepción.
Fijación de precios del consumo popular
La Función Ejecutiva para evitar la especulación de precios de la canasta familiar básica definirá la política de fijación de los mismos.
De los acuerdos de preservación de fuentes de trabajo
- Los trabajadores y empleadores podrán llegar a un acuerdo para la modificación de las condiciones económicas de la relación laboral, el cual podrá ser propuesto por cualquiera de las partes.
- Los empleadores deberán presentar, de forma clara y completa, los sustentos de la necesidad de suscribirlos, para que el trabajador pueda tomar una decisión informada.
- El acuerdo debe ser aceptado por ambas partes y directo entre cada trabajador y el empleador, quien informará al Ministerio de Trabajo.
- En caso de despedido durante el primer año de vigencia esta ley, las indemnizaciones correspondientes se calcularán con la última remuneración percibida antes del acuerdo.
- Cualquiera de las partes que incumpla con el acuerdo será sancionada de conformidad con lo dispuesto en el Código del Trabajo y demás normativa vigente.
- Condiciones mínimas para la validez de los acuerdos:
- Presentación a los trabajadores de los estados financieros.
- Prohibición de distribuir dividendos o reducir el capital de la empresa.
- Si el empleador alcanza acuerdos con la mayoría de trabajadores, los mismos serán obligatorios para los demás y será oponible a terceros.
- Si el acuerdo es imprescindible para la subsistencia de la empresa y no se lograre consenso, el empleador podrá iniciar la liquidación de la empresa.
- Prohibición del uso indebido de los recursos de la empresa en favor de los accionistas o administradores, o en perjuicio de los trabajadores, será considerado causal de quiebra fraudulenta (delito).
El contrato especial emergente
- Contrato de trabajo por tiempo definido para nuevas inversiones o líneas de negocio, ampliación, extensión o modificación del giro del negocio, incremento en la oferta de bienes y servicios, sostenibilidad de la producción y fuentes de ingreso en situaciones emergentes, aplicable para empleadores nuevos o existentes.
- El plazo máximo es de 2 años, renovable por una sola ocasión.
- La jornada laboral podrá ser parcial u ordinaria, con un máximo de 40 horas y mínimo 20 horas semanales, distribuidas hasta en 6 días sin sobrepasar las 8 horas diarias.
- La remuneración y los beneficios legales serán proporcionales a la jornada pactada.
De la reducción emergente de la jornada de trabajo
- Por caso fortuito o fuerza mayor justificada, el empleador podrá reducir la jornada laboral, hasta en un máximo del 50% y con una remuneración no menor al 55%.
- El empleador deberá notificar al Ministerio de Trabajo indicando periodo y nómina del personal correspondiente.
- La reducción puede aplicarse por 2 años renovables por una ocasión.
- La remuneración y el aporte a la seguridad social deberá guardar proporcionalidad con base en la jornada reducida.
- Durante la jornada reducida los empleadores no podrán repartir dividendos.
- La indemnización por despido y el desahucio se calcularán considerando la última remuneración antes de la reducción de jornada.
Goce de Vacaciones
Los empleadores podrán notificar de forma unilateral al trabajador con el cronograma de sus vacaciones o a su vez, establecer la compensación de aquellos días de inasistencia al trabajo como vacaciones ya devengadas, durante dos años.
Prestaciones del seguro de desempleo
Los afiliados al IESS en relación de dependencia, que en los meses de abril a julio del año 2020 pasen a situación de desempleo podrán acceder al seguro de desempleo.
- Son requisitos para acceder a esta prestación:
- Acreditar 24 aportaciones acumuladas y no simultáneas, de las cuales al menos 6 sean continuas e inmediatamente anteriores;
- Encontrarse en situación de desempleo por al menos 10 días;
- Solicitar la prestación entre el día 8 y el 45 de su desempleo; y,
- No estar jubilado.
- Verificar que el aviso de salida esté registrado en el IESS.
Priorización de contratación de origen local
El sector público y privado priorizarán en sus contrataciones a proveedores de origen nacional, de acuerdo a las regulaciones que emitan para el efecto las autoridades competentes.
Estabilidad de trabajadores de la salud
Se declarará ganadores del concurso de méritos y oposición a aquellos trabajadores y profesionales de la salud que hayan trabajado durante la emergencia sanitaria.
CONCORDATO PREVENTIVO EXCEPCIONAL Y MEDIDAS PARA LA GESTIÓN DE OBLIGACIONES
- La Ley de Apoyo Humanitario introdujo las siguientes figuras para la gestión de obligaciones: i) Acuerdo Preconcursal; ii) Régimen de Concurso Preventivo; iii) Rehabilitación excepcional del deudor para el caso del Concurso Necesario, y iv) Prelación de créditos excepcional y temporal.
- A estos procesos excepcionales puede acogerse cualquier persona natural o jurídica, con excepción de aquellas controladas por la Superintendencia de Bancos y Superintendencia de Economía Popular y Solidaria que tenga como giro del negocio exclusivo en el depósito de dinero de cuentahabientes.
Acuerdo preconcursal:
- Es el acuerdo al que el deudor puede llegar con sus acreedores para reducir, reestructurar o capitalizar las obligaciones dentro de los 3 años desde la vigencia de la Ley; se realiza extrajudicialmente, bajo las siguientes reglas:
- Realizar una declaración juramentada del deudor ante Notario Público, que contenga el inventario de las obligaciones y los acreedores, y el plan de reestructuración sugerido.
- Convocar a los acreedores y entregarles la declaración juramentada y demás información financiera.
- Si se llega a un acuerdo con acreedores cuyas acreencias representen el 51% o más del total, se podrá suscribir el acuerdo que será exigible a todos los acreedores del deudor y oponible a terceros.
- Para el cómputo de las acreencias no se tomará en cuenta las obligaciones con partes relacionadas al deudor.
Concurso preventivo excepcional
- Este es un procedimiento judicial que inicia el deudor para reunir a sus acreedores en busca de un acuerdo de pago de todas sus obligaciones, bajo las siguientes reglas:
- Presentar una demanda a los acreedores ante un Juez, acompañada de una declaración juramentada que contenga el inventario de las obligaciones y los acreedores y el plan de reestructuración sugerido.
- No aplica el límite de 3 años plazo previsto para el concurso preventivo regular, ni debe cumplir los requisitos de procedibilidad previstos en la Ley de Concurso Preventivo para el caso de compañías mercantiles.
- De calificarse la demanda por parte del Juez se dispondrá la suspensión por 180 días de la exigibilidad del pago, la suspensión de los juicios contra el deudo, la prohibición de cualquier acción contra éste, se convocará a una junta de acreedores y de no existir acuerdo el Juez decidirá si acepta o no el plan sugerido.
Procedimiento excepcional de rehabilitación:
Si dentro de un “Concurso Necesario” se ha declarado la presunción de insolvencia del deudor y sus bienes alcanzan a pagar al menos el 60% de la totalidad de las acreencias, el deudor puede solicitar al Juez su rehabilitación presentándole un plan de pagos por la diferencia.
Prelación de créditos de primera clase:
El orden de preferencia con el que deben pagarse los créditos de primera clase previstos en el artículo 2374 del Código Civil, cambia para dar prioridad a las obligaciones de pensiones de alimentos para los hijos, a las obligaciones laborales y a las obligaciones con acreedores y proveedores, prelación que estará vigente desde el año 2020 hasta el año 2023.
DISPOSICIONES GENERALES
- La Empresa Pública Unidad Nacional de Almacenamiento UNA EP podrá en situaciones de emergencia comercializar los productos a precios de mercado a precios inferiores a los registrados en su contabilidad.
- Los ministerios de Educación y el de Economía y Finanzas deberán realizar las acciones para otorgar en un plazo de 30 días los nombramientos a los docentes ganadores del concurso “Quiero Ser Maestro 6”.
- Los sujetos pasivos de Impuesto a la Renta podrán realizar anticipos voluntarios a favor del fisco, reconociéndose los intereses respectivos.
- A partir de junio de 2020, de forma trimestral, el SRI y SENAE presentarán a la Asamblea Nacional, informes sobre las acciones para optimizar la recaudación, ante la AN.
- Hasta septiembre de 2020, el Ministerio de Economía y Finanzas y la Secretaría Nacional de Planificación presentarán a la Asamblea Nacional, un esquema de racionalización institucional y optimización del gasto del sector público.
- La JPRMF, dentro de las líneas de crédito educativo, implementará una tasa de interés y plazo preferencial para las entidades públicas y de economía popular y solidaria. Las instituciones financieras públicas establecerán una reestructuración de las obligaciones por crédito educativo que hayan vencido, con una la remisión del 100% de intereses y recargos por el plazo de 6 meses.
- Los Ministerios de Finanzas y Salud Pública gestionarán los recursos para la creación de puestos en la Red Integral Pública de Salud (RIPS), para la incorporación de los médicos que deben devengar sus becas de especialización.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
- Se deroga la contribución anual del uno por mil sobre el valor de los activos fijos de todos los establecimientos prestadores de servicios al turismo.
DISPOSICIONES REFORMATORIAS
Teletrabajo:
- Se incorpora luego del artículo 16 del Código del Trabajo (contratos laborales), la definición de teletrabajo como una forma de organización laboral, que consiste en el desempeño de actividades remuneradas o prestación de servicios utilizando como soporte las tecnologías de la información y la comunicación para el contacto entre el trabajador y la empresa, sin requerirse la presencia física del trabajador en un sitio específico de trabajo, y se podrá pactar al inicio o durante la vigencia de la relación laboral.
- El teletrabajo puede efectuarse de las siguientes formas: autónomos (propio domicilio o lugar escogido), móviles (sin lugar de trabajo establecido utilizando dispositivos móviles), parciales (domicilio y oficina) y ocasionales (circunstancias convenidas)
- El empleador deberá respetar el derecho del teletrabajador a desconexión (tiempo en el que no estará obligado a responder comunicaciones o recibir órdenes y deberá durar al menos 12 horas en un periodo de 24 horas).
- El empleador deberá proveer los equipos y elementos de trabajo necesarios.
Adicionalmente, se agrega en la Ley Orgánica de Servicio Público (LOSEP) la definición de teletrabajo y sus modalidades.
Enfermedades profesionales
Se añade al final del artículo 363 del Código del Trabajo, la siguiente: “4. Síndromes respiratorios agudos causados por virus: médicos, enfermeras, mozos de anfiteatro, de los departamentos de higiene y salubridad, sean del Estado, o de cualquier otra entidad de derecho público, o de derecho privado con finalidad social o pública, o particulares.”
Pensiones vitalicias presidentes y expresidentes
Se reforma el Art. 135 de la LOSEP exceptuando del beneficio de pensiones vitalicias a los mandatarios que no hubiesen concluido su periodo; o que, hayan sido sentenciados por delitos de peculado, cohecho, concusión, enriquecimiento ilícito, delitos contra la vida, de lesa humanidad, contra la fe pública; y, de agresión o violencia sexual.
DISPOSICIONES INTERPRETATIVAS
Causal de caso fortuito o fuerza mayor para terminar la relación laboral
Se interpreta el numeral 6 del artículo 169 del Código del Trabajo, en el siguiente sentido:
Imposibilidad total: Aquella que por caso fortuito o fuerza mayor impide la realización del trabajo y deriva el cese total y definitivo de la actividad económica del empleador; entendiéndose por ésta que no se pueda llevar a cabo por medios físicos habituales alternativos o telemáticos, o cuando exista prohibición expresa de autoridad competente.
Imposibilidad parcial: Aquella en la que el empleador se vea en la obligación de cesar una línea o unidad de negocio específico derivado de la actividad principal como consecuencia del caso fortuito o fuerza mayor, pudiendo únicamente terminar las relaciones laborales que existan en esa parte específica del negocio que será cesado.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS:
- Para los contribuyentes que solicitaron facilidad de pago, por efectos de la remisión contenida en la Ley para Fomento el Productivo, Atracción de Inversiones y Generación de Empleo (2018) y que hayan incumplido con dos o más cuotas desde enero de 2020, dicha falta de pago no se podrá considerar como incumplimiento de la facilidad; debiéndose activar de oficio la facilidad de pago, para que se pueda pagar el capital adeudado hasta septiembre del 2020.
- Para los contribuyentes que solicitaron el plan excepcional de pagos de hasta 12 meses para los impuestos percibidos o retenidos del SRI, contenido en la Ley de Simplificación y Progresividad Tributaria (2019) y que incumplieron con alguna cuota, dicha falta de pago no se podrá considerar como incumplida, debiéndose activar de oficio el plan excepcional para que se pueda pagar el valor adeudado en un plazo no mayor a 12 meses.
- Durante el año 2020, las sociedades no financieras que entreguen créditos, deberán contemplar una ampliación de plazo de al menos tres meses al inicialmente pactado, siempre que sus clientes justifiquen una disminución de sus ingresos desde marzo del 2020 en adelante.
- Podrán abrirse nuevos emprendimientos, sin ningún tipo de requisitos, para lo cual, el SRI y los GADs, emitirán permisos provisionales por el plazo de 180 días, tiempo durante el cual, el emprendedor deberá regularizar su actividad.
- Los médicos que, durante la emergencia del Covid-19, se encuentren prestando sus servicios en la RIPS en calidad de posgradistas autofinanciados y becados, se considerarán médicos en funciones hospitalarias en formación y suscribirán un contrato de servicios ocasionales con el Ministerio de Salud o el IESS, por el tiempo que dure sus estudios de posgrado y recibirán una remuneración correspondiente a la categoría de Médico general en Funciones Hospitalarias.
- Los concursos públicos de méritos y oposición para otorgar nombramientos definitivos a los trabajadores de la salud que hayan laborado durante la emergencia sanitaria en la RIPS, se los realizará en el plazo máximo de 6 meses
- Durante la vigencia del estado de excepción y mientras persista la emergencia sanitaria, se elimina el requisito de la apostilla para la inscripción y registro de defunciones de ecuatorianos fallecidos en el exterior.
- El Ministerio de Transporte y Obras Públicas regulará los montos máximos por demoraje y bodegaje que cobren las empresas navieras por menajes de casa que han arribado o han sido enviados por migrantes en proceso de retorno durante la vigencia del Estado de Excepción y mientras persista la emergencia sanitaria.
- Las instituciones públicas deberán implementar los mecanismos tecnológicos que permitan sustituir la presencia física de las personas por un sistema de intervención remota o certificación digital de los actos o contratos, para lo cual facilitarán el empleo de la firma electrónica y certificaciones autorizadas. En el plazo de 15 días, el Consejo de la Judicatura deberá expedir un reglamento para el servicio notarial por medio del uso de sistemas informáticos o telemáticos sin intervención física de los comparecientes. Así también, se emitirá la resolución que regule el uso de medios telemáticos para la celebración de audiencias orales y realización de diligencias en la Función Judicial.
- Para los ejercicios fiscales 2020 y 2021, los gastos por concepto de turismo interno se considerarán como gastos personales deducibles.
- Dentro de los límites de endeudamiento para los GADs, se considerará la posibilidad de un incremento para proyectos de agua potable, alcantarillado y manejo integral de desechos sólidos dentro de los 3 años posteriores al fin de la declaratoria de Estado de Excepción por la emergencia sanitaria.
- En un plazo de 60 días, el Consejo de Gobierno del Régimen Especial de Galápagos, el ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Agencia de Regulación y Control de la Bioseguridad implementarán una norma para el transporte marítimo de carga, desde la zona continental hasta la insular con el fin de cumplir los protocolos de bioseguridad y control de especies, asegurar el abastecimiento y la transportación marítima.
- En el plazo de 10 días, el Consejo Directivo del IESS emitirá las resoluciones para suspender o refinanciar las cuotas mensuales de los préstamos hipotecarios. A solicitud del deudor, que por motivos relacionados a la crisis sanitaria hubiere perdido su empleo o reducido su capacidad de pago, se establecerá la suspensión del cobro del préstamo hipotecario y se establecerán los mecanismos de refinanciamiento correspondientes que, por esta vez, se podrá realizar por el tiempo correspondiente a los meses de marzo, abril, mayo y junio de 2020, cuotas que no generarán intereses o multas.
- En todas las contrataciones relacionadas con la emergencia sanitaria, las instituciones públicas contratantes verificarán que se cumpla con los principios de calidad, transparencia, eficacia y eficiencia para la atención adecuada de pacientes y la protección del talento humano. En los procesos de contratación de insumos médicos realizados por régimen especial, se vigilará que el presupuesto referencial se ajuste a valores de mercado evitando especulación y afectaciones a las finanzas institucionales y nacionales.
- Las instituciones públicas priorizarán la sustitución de materia prima o bienes elaborados importados por materia prima o bienes de producción nacional, en todos los procesos precontractuales de contratación pública, por el período de 12 meses.
- Las instituciones contratantes del sector público no iniciarán ni culminarán procesos de terminación unilateral de contratos cuando existan valores pendientes de pago derivados de actas de entrega provisional o definitiva, actas de liquidación, planillas aprobadas y otros instrumentos, por el período de 12 meses.
- Por el período de 12 meses, en cualquier etapa del proceso coactivo, el deudor podrá ofrecer en dación en pago bienes inmuebles o derechos fiduciarios que tengan como activos bienes inmuebles. No se podrá ejercer la misma potestad coactiva, ni se generarán intereses por mora cuando en la misma institución u otras instituciones del mismo nivel de gobierno existan pagos pendientes al deudor, derivados de actas de entrega provisional o definitiva, actas de liquidación, planillas u otros instrumentos similares.
- Se amplía hasta el 31 de diciembre de 2022, el plazo establecido en la disposición transitoria décimo cuarta de la Ley orgánica de Educación Intercultural que respecto a la obtención del título de tercer nivel no del nivel técnico o tecnológico en ciencias de la educación de los bachilleres que se encuentren en la carrera docente pública.
- El Consejo de Gobierno del Régimen Especial de Galápagos, la autoridad aeronáutica y demás autoridades competentes establecerán la conveniencia de activar los aeropuertos de las Islas Galápagos para vuelos internacionales directos.
- Durante todo el período que dure la emergencia sanitaria y por 90 días adicionales, quedan suspendidos todos los procesos de coactiva que, a la fecha de la declaración del Estado de Excepción, se hayan iniciado o se encuentren en trámite, en las instituciones públicas, conforme las reglas del Código Orgánico Administrativo.