La Corte Nacional de Justicia emitió la Resolución No. 12-2024 en la que resolvió declarar como precedente jurisprudencial obligatorio la desvinculación de los representantes legales como “deudores solidarios” en procesos coactivos, si previamente no fueron notificados con los actos administrativos correspondientes, esto para para garantizar así su derecho a la defensa. La jurisprudencia señala lo siguiente:
“No será eficaz el acto ni jurídicamente viable la vinculación en el procedimiento administrativo de ejecución, respecto de los responsables por representación (solidario), cuando se hubiera omitido la notificación a ellos de los actos administrativos de determinación cuyo cobro se persigue, toda vez que se violenta el debido proceso, en la garantía del derecho a la defensa”.
Destacamos y Felicitamos al Dr. Fabricio Batallas abogado tributarista de Estudio Jurídico Prado quien estructuró el caso en el año 2017 para defender el juicio No. 17510-2017-00006 cuya sentencia favorable se dictó el 8 de mayo de 2017; y donde la CNJ inadmitió el recurso de casación presentado por el SRI. El mencionado caso fue tomado como primera referencia para ver cristalizada esta decisión que ahora se convierte en jurisprudencia obligatoria.