Mediante circular No. NAC-DGERCGC22-00000002, el SRI recuerda a los sujetos pasivos de la Contribución Temporal al Patrimonio de las Sociedades, que los fidecomisos, fondos de inversión y fondos complementarios que, a la fecha de publicación de la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal Tras la Pandemia Covid-19, realicen actividades económicas, y cuyo patrimonio neto al 31 de diciembre de 2020, hubiere sido igual o mayor a cinco millones de dólares de los Estados Unidos de América (USD $ 5.000.000,00), estarán obligados a la declaración y pago de esta contribución temporal.
Fuente: Circular No. NAC-DGERCGC22-00000002 emitida por el Servicio de Rentas Internas el 22 de marzo de 2022.