EL SRI EMITIÓ EL INSTRUCTIVO PARA LA APLICACIÓN DE LA TRANSACCIÓN EN MATERIA TRIBUTARIA.

Mediante resolución No. NAC-DGERCG22-00000036, el SRI aprobó el instructivo para la aplicación de la transacción en materia tributaria, figura que fue establecida por la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la Pandemia Covid-19 (LODESFP) y su reglamento. Dicho instructivo contiene lo siguiente:

  1. La definición de transacción en materia tributaria y establece como objeto transigible a aspectos de fondo (hechos de valoración incierta y conceptos jurídicos en discusión) y aspectos de recaudo.
  2. La remisión de intereses en transacción extra procesal (obligaciones en proceso de determinación y aquellas contenidas en actos administrativos) y la contemplada en la LODESF (procesos judiciales anteriores al 29-11-2021, procesos de determinación en proceso y resoluciones de reclamos impugnables hasta el 29-11-2021).
  3. Formas de proponer la mediación para la transacción extraprocesal e intraprocesal.
  4. Suspensión de plazos. Rige desde la notificación al SRI por un centro de mediación autorizado.
  5. Efectos del acta de mediación. Son definitivos, vinculantes y no impugnables.
  6. Competencia: Los procuradores tributarios del SRI no tienen competencia para transigir dentro de los procesos judiciales, excepto con delegación del Director General del SRI.

Fuente: Resolución No. NAC-DGERCG22-00000036 emitida por el Servicio de Rentas Internas el 25 de julio de 2022.