La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, mediante Resolución No. SCVS-INAF-DNF-2021-00000878, estableció la tabla de cálculo para la contribución que deben pagar las compañías y entidades sujetas a su vigilancia y control para el año 2021.
Otras consideraciones:
- Pagarán el 50% de la contribución, aquellas compañías cuyo capital social tenga como titulares del 50% o más a instituciones de
derecho público o de derecho privado con finalidad social o pública. - Para las compañías con activos reales menores a USD 75.000,00 en los estados financieros del 2020, se fija la contribución en
USD 0,00 y no se emitirán títulos de crédito. - La contribución se pagará hasta el 30 de septiembre de 2021.
- Si la compañía realiza el pago de al menos el 50% de la contribución, podrá pagar el otro 50% hasta el 31 de diciembre de 2021,
sin recargos, penalidades ni trámites previos. - Las compañías holding o tenedoras de acciones y sus vinculadas, sujetas al control de la Superintendencia de Compañías, y que
estén habilitadas para presentar estados financieros consolidados, pagarán la contribución sobre los activos reales de dichos
estados financieros consolidados. - En caso de personas jurídicas extranjeras que operen en el país, estatales, privadas o mixtas, pagarán la contribución con base en
los activos reales registrados en sus estados financieros presentados a la Superintendencia.
Fuente: Resolución No. SCVS-INAF-DNF-2021-00000878 emitida por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros el 29 de enero de 2021.