Mediante Resolución NAC-DGERCGC17-00000571, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 124 de 21 de Noviembre de 2017, se reforman las normas para la declaración y pago de las obligaciones tributarias a través de la INTERNET, mediante el uso de Claves de Usuario, dado por Resolución del SRI 1065, Registro Oficial 734, 30 de Diciembre de 2002.
Los sujetos pasivos obligados a efectuar el pago de sus obligaciones tributarias declaradas a través de internet mediante el débito automático, así como los sujetos pasivos que decidieran adherirse a este medio de pago, deberán registrar o actualizar las cuentas bancarias para el efecto, en la página web institucional www.sri.gob.ec, lo cual lleva implícita la autorización del sujeto pasivo para que el SRI ordene directamente a su nombre el débito automático de las cuentas registradas, por el importe de las obligaciones tributarias declaradas. En casos excepcionales debidamente justificados, el sujeto pasivo podrá registrar una cuenta bancaria perteneciente a un tercero para efectos del débito automático, para ello deberá contar con la autorización expresa del titular de la cuenta, debiendo justificar la relación que mantiene con el sujeto pasivo para el débito de las obligaciones tributarias. En caso de que, por cualquier motivo, el pago de las respectivas obligaciones tributarias, no se haya podido efectuar de forma exitosa, el SRI podrá solicitar directamente a la institución financiera autorizada, el débito automático de los valores correspondientes a las obligaciones tributarias adeudadas total o parcialmente. Fuente: Resolución NAC-DGERCGC17-00000571, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 124 de 21 de Noviembre de 2017.
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December 2020
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