En el Primer Suplemento del Registro Oficial No. 672 de 19 de enero de 2016, se ha publicado Resolución NAC-DGERCGC16-00000010 que contiene las normas para el pago de obligaciones tributarias y fiscales, al día o vencidas, presentadas en declaraciones de impuestos administrados por el Servicio de Rentas Internas mediante Títulos del Banco Central (TBC), cuyas partes más relevantes son las siguientes:
Se establecen dos alternativas para el pago con TBC´s: a) Consignar el valor de los TBC´s a utilizarse en el formulario de declaración de impuestos, en el campo que permite el pago con estos títulos, o, b) Realizar una liquidación de obligaciones con la institución pública pagadora y el Servicio de Rentas Internas. Los pasos para consignar el valor de los TBC´s en los formularios de declaración de impuestos son:
Para instrumentar el pago con TBC´s mediante liquidación de obligaciones se debe verificar que existan deudas firmes registradas en el SRI y a la vez, valores pendientes de cobro a alguna institución del Estado, entonces el sujeto pasivo suscribirá en el Ministerio de Finanzas de una instrucción dirigida al Depósito Centralizado de Valores del Banco Central del Ecuador, en la que solicitará la transferencia del valor recibido por TBC´s o de parte de éstos, a la subcuenta de valores del SRI.
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December 2020
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