ESTUDIO JURÍDICO PRADO | ASESORÍA LEGAL EN ECUADOR
  • ÁREAS DE PRÁCTICA
  • EQUIPO
  • TRABAJA CON NOSOTROS
  • PUBLICACIONES
  • CONTACTO

​SE ESTABLECEN LOS SECTORES ECONÓMICOS,  LÍMITES Y CONDICIONES PARA LA APLICACIÓN DE LA EXONERACIÓN DE IMPUESTO A LA RENTA POR CINCO AÑOS A LAS INVERSIONES NUEVAS QUE SE EJECUTEN EN LAS PROVINCIAS DE MANABÍ Y ESMERALDAS.

9/18/2016

0 Comments

 
El Comité de Política Tributaria mediante Resolución No. CPT-RES-2016-05 de 8 se septiembre de 2016 establece los siguientes lineamientos para la aplicación del mencionado beneficio:
  1. La exoneración de impuesto a la renta por cinco años desde que se generen ingresos gravados aplica para las inversiones nuevas en todas las actividades económicas, con excepción del sector de ensamblaje, a menos que el valor agregado nacional supere el 48%.
 
  1. Para el caso de actividades de alojamiento, servicio de alimentos y bebidas, transporte de pasajeros, operación e intermediación de turismo e hipódromos y parques de atracciones estables, la exoneración se amplía por 10 años.
 
  1. Se entiende por inversión nueva al flujo de recursos destinados a producir bienes y servicios, a ampliar la capacidad productiva y a generar fuentes de trabajo en la economía nacional.
 
  1. Las nuevas inversiones deben realizarse y culminar  dentro de los tres años contados desde el 20 de mayo de 2016.
 
  1. La exoneración del impuesto a la renta no está limitada por el monto de la inversión, ni por la cuantía del beneficio.
 
  1. No es necesaria la conformación de una nueva sociedad para la inversión, sino que basta que en la contabilidad se distingan los costos, gastos e ingresos atribuibles a la misma y mantener las plazas de empleo que se generen con el nuevo emprendimiento.
 
Fuente: R.O.S. 840 de 14 de septiembre de 2016
0 Comments



Leave a Reply.

    ¿NECESITA UN ABOGADO?
    ​Contacta a uno de nuestros especialistas.
    EQUIPO EJP

    Archivos

    December 2020
    November 2020
    October 2020
    September 2020
    August 2020
    July 2020
    June 2020
    May 2020
    April 2020
    March 2020
    January 2020
    June 2019
    May 2019
    April 2019
    January 2019
    December 2018
    November 2018
    October 2018
    July 2018
    June 2018
    May 2018
    April 2018
    March 2018
    February 2018
    January 2018
    December 2017
    November 2017
    October 2017
    August 2017
    July 2017
    June 2017
    May 2017
    April 2017
    March 2017
    February 2017
    January 2017
    December 2016
    November 2016
    October 2016
    September 2016
    August 2016
    July 2016
    June 2016
    May 2016
    April 2016
    March 2016
    February 2016
    January 2016
    December 2015
    November 2015
    October 2015
    September 2015
    August 2015
    July 2015
    June 2015
    May 2015
    April 2015
    February 2015
    January 2015
    December 2014
    November 2014
    October 2014
    September 2014
    August 2014

    RSS Feed

CONSULTAS@EJPRADO.COM
Picture
Picture
Picture
Picture

QUITO
Av. Orellana E4-430 y Amazonas, 
Edificio Orellana 500. 5to piso, 
Quito, Ecuador

+ (593-2) 2232068 / 2232069
​/2232070 /2232072 /2232073
Picture
GUAYAQUIL
Kennedy Norte, Av. Francisco de Orellana Mz 111 Solar 1. 
Edif. World Trade Center (Torre B) Ofic. 523, 
Guayaquil, Ecuador
 
+ (593-4) 263 0089 /  263 0090
  • ÁREAS DE PRÁCTICA
  • EQUIPO
  • TRABAJA CON NOSOTROS
  • PUBLICACIONES
  • CONTACTO