Mediante Resolución NAC-DGERCGC17-00000565, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 123 de 20 de Noviembre de 2017, se reforma la Resolución No. NAC-DGERCGC 14-00787, que establece los porcentajes de retención en la fuente del impuesto a la renta.
Se incluye dentro de la retención del 1% a los pagos o acreditaciones en cuenta sujetos por la recepción de botellas plásticas no retornables de PET, cuando un mismo recolector o consumidor sea persona natural y reciba en un mismo ejercicio anual por concepto de pago del valor de botellas plásticas no retornables de PET, un valor superior a la fracción básica gravada con tarifa cero por ciento (0%) de Impuesto a la Renta para personas naturales vigente durante ese año. Esta retención se la deberá efectuar desde el momento en que exceda el valor antes señalado y hasta el 31 de diciembre de ese ejercicio fiscal. Para el caso de las personas jurídicas y sociedades de hecho, la retención del 1% procederá por cada Acta Entrega-Recepción, independientemente del valor. Fuente: Resolución NAC-DGERCGC17-00000565, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 123 de 20 de Noviembre de 2017
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December 2020
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