Mediante Decreto Ejecutivo No. 844 publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 647 de 11 de diciembre de 2015 se han reformado el Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno en los siguientes aspectos:
No se aplicará la limitación del gasto deducible de regalías, servicios técnicos, administrativos y de consultoría (de hasta por el 20% de la base imponible del impuesto a la renta más el valor de dichos gastos; o del 10% del total de los activos en el caso de sociedades que se encuentren en el ciclo preoperativo del negocio), para las operaciones con partes relacionadas locales que tengan la misma tarifa de impuesto a la renta. La norma aclara que en caso que una de las sociedades relacionadas opte por la reinversión de utilidades y por ende, aplique una reducción de la tarifa en 10%, aquello no implica reducción de tarifa, y por tanto, no se le aplica la limitación a la deducibilidad.
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December 2020
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