Se establece el procedimiento de atención electrónica para la dispensa o rebaja del Impuesto a la Propiedad de Vehículos Motorizados, y para la exoneración del Impuesto Ambiental a la Contaminación Vehicular.
La solicitud se la realiza en el portal www.sri.gob.ec mediante la clave pertinente, siendo necesario que el vehículo esté registrado previamente en las bases de datos y no goce de otra exoneración o rebaja. Para vehículos nuevos adquiridos en el Ecuador el beneficio aplica desde que los comercializadores registren en el SRI la información del propietario. Para vehículos importados de uso personal, las dispensas se aplican desde que la SENAE proporcione de manera automática la información al SRI. En el caso de autos usados en que se registren contratos de compraventa de manera automática en el Sistema Informático Notarial del Consejo de la Judicatura, el beneficio se genera cuando el SRI haya verificado la información. En caso de que la información no sea remitida al SRI de manera automática, los contribuyentes podrán hacer la solicitud en línea o presentando una solicitud física. Fuente: Resolución del SRI No. NAC-DGERCGC16-00000331, publicada en el Suplemento del R.O. 816 de 10 de agosto del 2016
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December 2020
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