Se establecen los precios referenciales para el cálculo de la base imponible de Impuesto a los Consumos Especiales (ICE) de perfumes y aguas de tocador, comercializados a través de la modalidad de venta directa, para el período fiscal 2019, mismos que deberán calcularse por cada producto, incrementando al precio ex aduana (bienes importados) y a los costos totales de producción (bienes de fabricación nacional), los porcentajes que se detallan en la siguiente tabla: En los costos totales de producción de los bienes de fabricación nacional se incluirán materias primas, mano de obra directa y los costos y gastos indirectos de fabricación.
Para efectos del cálculo de la base imponible del ICE, los pagos por concepto de regalías calculados en función de volumen, valor o monto de ventas que no superen el 5% de dichas ventas, no se considerarán costos o gastos de fabricación; en caso de que los pagos por regalías superen dicho porcentaje, el mencionado valor será incorporado a los costos totales de producción. Deróguese la Resolución No. NAC-DGERCGC17-00000620, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 149 de 28 de diciembre de 2017. Fuente: Suplemento del Registro Oficial No. 396 del 28 de diciembre de 2018.
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December 2020
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