Mediante Resolución No. NAC-DGERCGC17-00512, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 85 de 22 de septiembre de 2017, el SRI establece que el Banco Central del Ecuador (BCE) debe actuar como agente de retención del Impuesto a la Salida de Divisas que se genere por la remesa al exterior en cumplimiento de actos administrativos dictados por el SRI. Lo dispuesto anteriormente también será aplicable, en caso de que la acreditación se derive de decisiones judiciales emitidas en relación con tales actos administrativos.
Fuente: Resolución No. NAC-DGERCGC17-00512, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 85 de 22 de septiembre de 2017
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December 2020
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