NORMA TÉCNICA PARA EL SISTEMA DE COMPENSACIÓN DE DEUDAS CON LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA CENTRAL5/10/2019 Mediante Acuerdo No. 0036, el Ministerio de Economía y Finanzas emite la norma técnica para el sistema de compensación fiscal, el cual fue creado en la Ley para la Optimización y Eficiencia de Trámites Administrativos. Este sistema que aplicará el principio de reciprocidad de deudas, tiene como objeto compensar o extinguir (total o parcialmente), obligaciones tributarias vencidas adeudadas a la Administración Pública Central contra deudas que mantenga ésta con personas naturales o jurídicas proveedores de bienes y/o servicios del sector público.
Estos proveedores de bienes y/o servicios deberán enviar su autorización para ser considerados dentro del Sistema de Compensación. Las obligaciones generadas, podrán compensarse, una vez que la Entidad haya registrado toda la información necesaria para el pago, de tal manera que las obligaciones que cumplan con las condiciones serán comunicadas al administrador tributario, quien verificará la existencia de dichas obligaciones como vencidas, en firme o ejecutoriadas y comunicará al ente rector de las finanzas públicas para que compense hasta el monto de la obligación que mantenga con el proveedor o acreedor del Estado. Si el valor de la cuenta por pagar a favor del proveedor es mayor al monto de la obligación tributaria, la diferencia se mantendrá a favor del proveedor, y si fuere menor o igual, la cuenta por pagar se dará por cancelada en su totalidad. Fuente: Acuerdo No. 0036 del Ministerio de Economía y Finanzas, publicado en el R.O. 482 de 7 de mayo de 2019.
1 Comment
julio felipe BalonTigrero
12/1/2020 07:52:38 am
señres ,solicito conocer si tienen las competencias de pagos ,de jubilaciones Patromales , en virtud que la Fuerza Aerea, emite mensualmente los cur al Ministerio de finanzas para el respectivo pago, hoy 01 de Diciembre se ancumplido 2 meses que estamos impagos hemos recurrido al area de Ramuneracion y Sueldo de la comandancia de la fuerza Aerea y nos informan que es cosa del Ministerio de Finanzas quien tiene que cancelar mensualmente ,nuestras jubilaciones patronales.solicito aquien corresponda senos informe por este medio el atraso mis contactos correo ; balonjulio1958@gmail.com tlf 0993114064 gracias por lapronta respuesta
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