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APROBAR EL "FORMULARIO 105 PARA LA DECLARACIÓN DEL IMPUESTO A LOS CONSUMOS ESPECIALES ICE" Y ESTABLECER EL PROCEDIMIENTO PARA SU PRESENTACIÓN

3/28/2018

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El SRI ha aprobado el nuevo formulario 105 para la declaración del ICE señalando las siguientes precisiones:
Los fabricantes de bienes o prestadores de servicios gravados con ICE, presentarán mensualmente una declaración por las operaciones realizadas dentro del mes calendario inmediato anterior y gravadas con este impuesto.
En el caso de importaciones, la liquidación del ICE se efectuará en la declaración de importación y su pago se realizará previo al despacho de los bienes por aduana correspondiente; sin embargo, deberán presentar ante el SRI una declaración mensual por todas aquellas importaciones gravadas con este impuesto, realizadas durante el mes calendario inmediato anterior, en las mismas fechas de vencimiento indicadas en el Reglamento para la Aplicación de la LRTI (de acuerdo al noveno dígito del RUC) y solo por aquellos meses en los cuales exista un valor a pagar por concepto de reliquidación del impuesto, en relación al valor de ICE pagado en la aduana.
En caso de que la declaración en el formulario 105 se presente fuera del plazo correspondiente, se considerarán intereses desde el día siguiente de la fecha máxima de presentación.
En aquellas ventas que se haya concedido crédito mayor a un mes para el pago, los sujetos pasivos deberán declararlas en el mes siguiente y pagar el impuesto generado hasta el mes subsiguiente de realizadas. Este procedimiento se exceptúa cuando se trate de ventas a partes relacionadas, en las cuales la liquidación y pago del ICE se realizará en el mes siguiente.
Los productores de bebidas alcohólicas realizarán la declaración y pago del ICE mediante formulario 106, cuando efectúen exclusivamente ventas de bebidas alcohólicas por las que obtuvieren una reducción en la tarifa específica del ICE, aún si sobre las mismas se hubiese otorgado o no crédito.
 
Fuente: Resolución NAC-DGERCGC18-00000073 publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 202 del 16 de marzo de 2018
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