Se establece la remisión de intereses, multas y recargos respecto a obligaciones tributarias y fiscales administradas por el SRI, que fueron exigibles hasta el 20 de mayo del 2016 a favor de los contribuyentes domiciliados en Manabí y Esmeraldas. Igual beneficio aplica para las cuotas de RISE de los contribuyentes domiciliados en tales provincias, respecto a los meses de abril y mayo del 2016.
La remisión del 100 por ciento de intereses, multas y recargos opera para los pagos del capital que se realicen entre el período de dos años comprendido entre el 20 de mayo del 2016 y 20 de mayo del 2018. Los contribuyentes deberán comunicar formalmente, por escrito, a la Administración Tributaria que reúnen las condiciones prescritas así como el detalle del pago. Este aviso no será necesario en los casos en que se presenten declaraciones no realizadas o sustitutivas. Respecto a la afectación de activos, se demostrará con el registro de los bienes afectados dentro de la declaración patrimonial. Fuente: Resolución del SRI No. NAC-DGERCGC16-00000355, publicada en el Segundo Suplemento del R.O. 820 de 17 de agosto del 2016.
0 Comments
Leave a Reply. |
¿NECESITA UN ABOGADO?
Contacta a uno de nuestros especialistas. Archivos
December 2020
|