El 3 de junio del 2016, en el Suplemento del Registro Oficial No. 768 se publicó la Resolución del SRI NAC-DGERCGC16-00000221 mediante la cual se aprobó el Formulario Múltiple de Declaración 120. El 9 de junio del 2016, el Servicio de Rentas Internas, en su portal institucional informó que para la declaración de las contribuciones solidarias se utilizará dicho formulario 120. Señala además, que para el pago de esas contribuciones se utilizará el Formulario Múltiple de Pago 106, mediante los siguientes códigos: El 10 de junio del 2016, fue firmado el Decreto Ejecutivo No. 1073, correspondiente al Reglamento para la Aplicación de la Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana para la Reconstrucción y Reactivación de las Zonas Afectadas por el Terremoto de 16 de abril de 2016, en el que se establece el plazo para el pago de la primera cuota de las siguientes contribuciones:
1. Sobre el patrimonio; 2. Sobre bienes inmuebles y derechos representativos de capital existentes en el Ecuador de propiedad de sociedades residentes en paraísos fiscales u otras jurisdicciones del exterior; y, 3. Sobre las utilidades; El plazo fijado para el pago de la primera cuota corresponde a las siguientes fechas
1 Comment
klever barriga
6/27/2016 08:56:04 am
formulario ciento sies
Reply
Leave a Reply. |
¿NECESITA UN ABOGADO?
Contacta a uno de nuestros especialistas. Archivos
December 2020
|